Condenan a una firma telefónica por activar un servicio que el cliente no pidió
28 de Noviembre de 2005
Un vecino de Valencia, José Antonio M. S., deberá ser indemnizado con 900 euros por la compañía telefónica Uni2 Telecomunicaciones después de que la entidad lo diese de alta sin su consentimiento en el servicio de preasignación de la compañía, por el cual la empresa se convertía en operadora de todas sus llamadas.
José Antonio inició su reclamación a través de la Asociación de Consumidores y Usuarios en España (ACUSE). La ilegal alta en el servicio de preasignación por parte de Uni2 se produjo el 3 de septiembre de 2003. Al detectarla, el valenciano devolvió las facturas sin pagar, pero la empresa de telefonía le reclamó la deuda y lo incluyó en un registros de morosos.
Tras denunciar lo ocurrido ante la Agencia Española de Protección de Datos, esta impuso a la compañía diversas sanciones por faltas graves o muy graves.
Tras su reclamación al juzgado, la sentencia condena a Uni2 al pago de 900 euros de indemnización por la “zozobra y ansiedad” generada en el perjudicado, entre otras cosas por los “trastornos” de tener suspendida la línea telefónica.
ACUSE anima a reclamar a “todos aquellos consumidores que estén ante situaciones similares” y ofrece “asesoramiento o colaboración” en el número de teléfono 96 395 57 32.